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Plataforma del III Convenio de Telemarketing

Estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, retribuciones económicas, carrera profesional... son algunas de las reivindicaciones incluidas en la plataforma de Comisiones Obreras para la negociación del III Convenio Estatal de Telemarketing


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Nos encontramos ante la negociación del III Convenio Estatal del Sector de Telemarketing. El primer Convenio nos dio un marco de regulación, que no existía, para todas las trabajadoras y trabajadores del sector. El segundo, ha supuesto mejoras sustanciales en las condiciones laborales, con saltos cualitativos y cuantitativos superiores a los de otros convenios.

Nos enfrentamos ante una negociación en la que debemos establecer las pautas y mecanismos para que las trabajadoras y trabajadores de este sector no tengamos menores garantías e inferiores derechos a los establecidosen la legislación laboral general, debido únicamente a las circunstancias mercantiles y de negocios que las empresas principales acuerdan con las empresas de Telemarketing.

Como objetivo prioritario para corregir la merma de derechos y garantías ante situaciones que únicamente se deben a la estrategia mercantil y comercial de las empresas, esquivando obligaciones y compromisos que en situaciones normales deberían satisfacer, tendremos que establecer pautas y mecanismos para reforzar la Estabilidad en el Empleo ante dichas situaciones, ya sea cuando se produce la sucesión de empresa o cuando las empresas disminuyen plantilla.

Otro de nuestros objetivos para este convenio deberá ser mejorar y regular todas las condiciones laborales referidas al Tiempo de trabajo, como es la jornada, turnos, horarios, descansos, festivos, jornada irregular, etc... Es imprescindible que este factor, que cada vez más se demuestra influye en nuestra salud, sea sustancialmente mejorado tanto en cantidad como en calidad.

Como objetivo que acompaña a cualquier negociación de un nuevo convenio, las Retribuciones Económicas nos deberán permitir no perder poder adquisitivo ninguno, incrementando tablas y complementos, algunos de estos últimos con subidas que los asimilen a como se retribuyen en la mayoría de los sectores donde existen.

Ligado a las retribuciones económicas, en este III Convenio tendremos que terminar y mejorar las reivindicaciones que presentamos en el segundo sobre Carrera Profesional, siempre desde nuestra convicción que la consolidación de una actividad como sector se produce cuando la especialización, complejidad y diversidad de las funciones que se desarrollan se ven reflejadas en una verdadera carrera profesional.

Por todo ello desde la Agrupación Estatal de Telemarketing, proponemos como reivindicaciones prioritarias para la negociación del III Convenio Colectivo del Sector de Telemarketing, las incluidas en la siguiente plataforma:

1.Estabilidad en el empleo.

1.1 Subrogación.

  • Contratación del 100% de los puestos de trabajo con trabajadores que estaban contratados en la campaña o servicio por la anterior empresa. Igual criterio para los casos de desdoble o concentración de servicios.

  • Mantenimiento de todas las condiciones laborales que se vinieran disfrutando con la anterior empresa.

  • Si el volumen de contratación fuera inferior, los trabajadores que no sean contratados tendrán la consideración de despidos.

  • Si el servicio o campaña se deslocaliza y el trabajador optara por la no movilidad geográfica también tendrán la consideración de despidos.

1.2 Contratación indefinida.

  • Conversión del 10% anual de la plantilla media del personal de operaciones del año anterior, partiendo de que todas las empresas deben de tener un mínimo del 30% de su personal de operaciones con contratos indefinidos, de no ser así deberá alcanzar ese mínimo además de añadir el 10% correspondiente hasta alcanzar un total del 50%.

  • Para la conversión de los contratos en indefinidos la antigüedad en la empresa será el criterio preponderante. En caso de igualdad la valoración del desempeño y la formación de la empresa actuarán como criterio de desempate.

  • La conversión se hará por anexo al contrato vigente donde únicamente constará la modificación de tipología en la contratación, sin alterar ninguna otra condición contractual.

  • Si fuese necesario por circunstancias extraordinarias la movilidad entre campañas y esta requiere traslado de centro de trabajo, el tiempo empleado en dicho traslado computara como trabajo efectivo y se abonará el coste del mismo.

1.3 Temporalidad en la contratación.

  • Limitar la contratación por circunstancias de la producción al 50% sobre el personal de operaciones indefinido en la provincia donde se realicen dichos contratos, eliminando la posibilidad de utilizarlo para nuevos servicios o campañas e impidiendo su utilización si aún quedan trabajadores en la bolsa que establece el art. 17 en la actualidad.

  • Establecer un % límite de contratación a tiempo parcial con relación a la contratación a tiempo completo.

  • En los ceses voluntarios eliminar la penalización económica en el preaviso

1.4 Disminución del volumen de la campaña contratada.

  • Indemnización 20 días por año a los afectados por la disminución, renunciando a la preferencia de reincorporación.

  • Preaviso a la RLT con 21 días.

  • Preaviso a cada trabajador afectado con 15 días.

2. Tiempo de trabajo.

2.1 Reducción de la jornada ordinaria.

  • La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 37 horas semanales para la vigencia del convenio.

2.2 Jornada Irregular.

  • Establecer como máxima jornada semanal 45 horas para jornada irregular.

  • Las horas que sobrepasen el cómputo mensual y no se compensen en la primera semana del mes siguiente, serán extraordinarias.

  • Establecerfórmula para calcular la jornada mensual cuando se tiene jornada irregular.

2.3 Fiestas laborales.

  • Establecer un módulo temporal máximo para la compensación del día libre retribuido por la fiesta laboral trabajada.

  • El Plus de festivo deber ser por jornada, no por horas.

2.4 Horarios y turnos.

  • Con 10 días de antelación al mes siguiente, la empresa deberá entregar a la RLT y publicar, las jornadas, turnos, horarios, días de compensación, descansos y fines de semanas libres de cada uno de los trabajadores de ese mes siguiente.

  • Para los turnos partidos establecer el intermedio de la jornada una hora como máximo. Posibilidad de ampliar por acuerdo con la RLT.

  • Adelantar en una hora el posible inicio y final de los turnos de tarde.

  • Los cambios de horarios dentro de las franjas deberán ser notificados con 15 días.

  • Incorporar un festivo por cada CCAA. A la consideración de festivos especiales.

  • Incrementar la compensación en tiempo para las horas extraordinarias.

  • Establecermecanismos de intervención y participación de la RLT en la determinación de turnos y horarios y en la elaboración de los Calendarios Laborales.

2.5 Descansosy Pausas en PVD.

  • Elaborar un artículo aparte sobre las pausas para que no quepa equívoco con los descansos. ( Redactado más claro).

  • Aumentar el tiempo de descanso para las jornadas: Entre cuatro y seis: 15 minutos. Entre seis y siete 25 minutos .De siete en adelante 30 minutos.

2.6 Descanso semanal en Fin de semana.

  • Se garantizará el disfrute de dos fines de semana al mes como descanso semanal, garantizando un mínimo de 25 fines de semana de descanso al año.

  • Para este artículo el fin de semana comprenderá desde las 0:00 horas del sábado hasta las 00:00 horas del lunes.

2.7 Vacaciones, permisos y licencias.

  • El trabajador, que solicite sus vacaciones con más de 2 meses de antelación, tendrá derecho a recibir respuesta por escrito antes de dicho plazo. En caso de denegar las fechas solicitadas, la empresa deberá explicar las causas por escrito que motivan su denegación. En caso de falta de contestación en este plazo, se entenderá que la empresa acepta las fechas propuestas por el trabajador.

  • Se tendrá derecho a disfrutar al menos 14 días continuados de vacaciones en periodo estival que se establece desde el 15 de junio hasta el 30 de Septiembre.

  • Premiar con 3 días más de vacaciones, si a voluntad del trabajador por petición de la empresa, éste disfruta los 14 días del periodo estival en otras fechas.

  • La situación de IT y permiso por maternidad interrumpirá las vacaciones.

  • Dos días libres retribuidos y no recuperables.

  • Permiso retribuido para concurrir a exámenes oficiales.

  • 45 horas retribuidas al año para asistir a médicos de la Seguridad Social y privados y para el acompañamiento de mayores de 65 años, menores de 14 años y familiares con discapacidad de un 33% a su cargo.

  • Para el turno partido, y siempre que se acredite la imposibilidad de un médico fuera del horario, las horas del médico de cabecera no computarán.

  • Incorporar dos días de permiso por cirugía ambulatoria de familiares hasta segundo grado.

  • Cuando se produzca hospitalización o intervención quirúrgica los días que correspondan se podrán tomar en un plazo de 7 días a partir del hecho causante y no tendrán por que ser continuados. Igualmente cuando se produzca el nacimiento de un hijo, o el fallecimiento de un familiar.

  • Igualar los desplazamientos al estatuto: 2 días.

2.8 Excedencias especiales.

  • Establecer una excedencia por motivos particulares más semejante a la del estatuto que la que tenemos en el convenio.

  • El número de trabajadores que se tiene en cuenta para estas excedencias se debe computar por campañas o servicios pero en el mismo centro de trabajo.

2.9 Reducción de la jornada por motivos familiares.

  • Quien por razón de guarda legal … tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo inferior a un tercio y un máximo de la mitad de la duración de su jornada.

  • Una hora de lactancia al inicio o al final de la jornada, o también, por voluntad de la trabajadora, este derecho podrá ser sustituido por un permiso retribuido de 14 días continuados durante el período de lactancia.

3. Retribuciones económicas.

3.1 Salario.

  • Subida salarial del IPC real del año con cláusula de revisión y efecto retroactivo.

  • Media paga extraordinaria para Octubre del 2004 y una paga extraordinaria para Octubre del 2005.

3.2 Pluses.

  • Plus de comida para turnos partidos.

  • Plus de transporte para centros de trabajo u horas donde no existe transporte urbano colectivo. Adelanto para su cobro a las 23,00 horas.

  • Aumentar considerablemente los pluses de Domingos, nocturnidad, festivos y festivos especiales.

  • Revisión y extensión de los pluses funcionales en relación a la carrera profesional.

  • Los festivos especiales de los días 24 y 31 de Diciembre empezarán a partir de las 15 horas.

  • Plus de polivalencia. Entendiendo esta como la atención por un mismo trabajador de diferentes departamentos o servicios a lo largo de su jornada laboral.

  • Horas extraordinarias de festivos especiales.

3.3 Complemento de Incapacidad Temporal.

  • La IT deberá complementarse por la empresa hasta el 100% del salario del trabajador.

4.Carrera Profesional.

4.1 Generalidades.

  • Definir y llenar de contenido funcional todas las categorías existentes.

  • Incluirposibles categorías no recogidas en el convenio, (formadores).

4.2 Polivalencia.

  • Definircomo especialidad dentro de las categorías sobre todo de Teleoperadoro Teleoperador especialista y Gestor la Polivalencia dotándolede definición y su correspondiente retribución.

4.3 GestorTelefónico.

  • Aclararlos redactados de definiciones más acorde con la realidad delas funciones que se realizan y no basando todo en la “protocolarización”,sino que la categoría venga definida por una suma de: tipode servicio (facturación, venta, impagados, emergencias, asesoramientotécnico, etc...) funciones a desempeñar, iniciativa,responsabilidad, formación etc...

4.4 AuxiliaresAdministrativos.

  • Establecerclaramente que esta categoría sólo debe existir en lasestructuras de las empresas, pero no para subcontratar servicios deTeleoperación.

5.Varios.

  • Falta y sanciones. Revisión, son excesivas, mínimo Coberturade Vacíos.

  • Salud laboral. Estudiar el tema de las contracturas, estrés, afonías,vista, oído...

Los reconocimientos médicos han de ser dentro de la jornada laboral,si hay imposibilidad, las horas empleadas se abonarán como hora ordinaria o se compensarán con tiempo libre.

  • Acoso sexual y Mobbing.

  • Leysobre discapacitados.

  • Estatutoespecial para Ceuta y Melilla.

  • Formación.Pagada, una vez superado el periodo de prueba o en caso de despidodurante el mismo. No abonable en caso de baja voluntaria en dichoperiodo. Propuesta cantidad 50% de la hora.

  • Derechossindicales. Recursos: e–mail, internet, acumulación de horas por trimestre, desarrollo de los derechos de informacióny participación de la Representación sindical, etc..


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