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Firmado el convenio en Bureau Veritas

Ingenierías

Este I Convenio Colectivo va a regular las condiciones laborales en la empresa Bureau Veritas, con vigencia para los años 2007, 2008 y 2009,


Este artículo se publicó originalmente en Ingenierias (Ingenierías) ,


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Tal y como estaba previsto, el pasado lunes 22 de enero firmamos el primer convenio colectivo de Bureau Veritas, ratificando el preacuerdo que se alcanzó el día 18 de diciembre.

Este I Convenio Colectivo va a regular las condiciones laborales en la empresa, con vigencia para los años 2007, 2008 y 2009, y es fruto de la necesidad de una regulación homogénea y autónoma en una empresa que durante los últimos años ha experimentado un importante crecimiento, ha pasado por distintos altibajos y ha estado dependiendo absolutamente, en cuanto a la regulación de las condiciones laborales, económicas y sociales, de las decisiones unilaterales de los gestores de la empresa.


Por lo tanto, con la firma del convenio alcanzamos una meta que desde la Sección Sindical de COMFÍA-CC.OO. nos habíamos fijado, ante la inexistencia de un marco convencional real: la regulación de unas condiciones mínimas y homogéneas en todos los centros de la empresa, la consolidación de situaciones que no tenían ningún respaldo contractual y acabar con la necesidad de tener que denunciar individualmente cada vez que queríamos que se nos aplicaran unas mínimas condiciones reguladas.

A partir de ahora, desde la Sección Sindical de COMFÍA-CC.OO., todas las personas que representamos a la plantilla en los diferentes centros de trabajo elegidos en las listas de COMFÍA-CCOO., velaremos por el cumplimiento explícito de las condiciones reguladas en el convenio, seguiremos informando y asesorando a las trabajadoras y trabajadores sobre los derechos y condiciones en él marcados, y emplazaremos a la Dirección de la Empresa a mantener un diálogo permanente para ir solucionando las distintas problemáticas que se den en la Empresa, e ir, paso a paso, mejorando las condiciones laborales y, con ello, la calidad de vida de trabajadoras y trabajadores de Bureau Veritas..

Los aspectos más significativos de este I Convenio Colectivo, son los que avanzamos a continuación:

Se establecen cuatro familias profesionales: Operaciones, Desarrollo de Negocio, Soporte y Técnicos, y nueve grupos profesionales que coincidentes con su correspondiente nivel salarial. Se definen los distintos puestos de trabajo y funciones.

Se establecen unas tablas de salario mínimo garantizado, para las que se han acordado una subida anual en 2008 del mismo porcentaje que suba el IPC de 2007, y para el 2009 del porcentaje que se incremente el IPC de 2008 más 0,50 puntos. Por efecto de aplicación de las mismas en este año, aproximadamente un 50% de la plantilla ve incrementado su salario.

Así mismo, se define el salario bruto anual, como la suma del salario mínimo garantizado y los distintos complementos, personales y de función, que cada persona devengue; garantizando una subida sobre el total de al menos IPC – 0,25 para este año 2007, así como el compromiso explícito de la negociación de su incremento para los años 2008 y 2009.

Se crean y se cuantifican complementos de Responsabilidad y Coordinación de Seguridad y Salud, la compensación de horas extraordinarias, el trabajo en horario nocturno y el realizado en jornadas festivas, sábados y domingos.

Se establece la promoción profesional automática, por experiencia, para pasar de un nivel salarial al superior, entre los mismos puestos o categorías de su familia profesional: 1, 2 y 3. También se establece la obligación de la empresa de publicar anualmente un mínimo de un 5% de vacantes para promocionar del grupo de puestos 1 al grupo 2 (Ej. Inspector 1 a Inspector 2).

Jornada: La jornada máxima en cómputo anual será de 1750 horas. Su distribución se acomodará a una media de 35 horas a la semana en los meses de Julio y Agosto y de 40 horas el resto del año. Los festivos que coincidan en sábado, serán de obligada recuperación. Se podrá disfrutar de un puente al año no recuperable, los días 24 y 31 de diciembre, y las tardes, a partir de las 15 horas del 5 de enero y la tarde anterior al comienzo de Semana Santa.

Las vacaciones serán de 23 días laborables, 24 a partir de los cinco años de antigüedad en la empresa y 25 días laborables para las personas que tengan una antigüedad a partir de diez años. Se podrán fraccionar hasta en tres periodos y el límite para disfrutarlas se fija hasta el 15 de enero de año siguiente a su devengo. Se suspenderán las vacaciones en caso de baja laboral por accidente o enfermedad, pudiendo disfrutarlas en otro momento. Los días de vacaciones pendientes de disfrutar por efecto de la aplicación del anterior sistema de devengo (a periodo vencido), se podrán disfrutar, adicionalmente, durante este año 2007 y el 2008.

Contratación y empleo: Contratos indefinidos como estándar de contratación. Se limitan los contratos de Obra y Servicio a determinadas causas y se regulan los contratos de prácticas, la jubilación anticipada y la jubilación forzosa con creación de empleo.

Complementos de IT: Hasta el 100% de la base reguladora en accidentes trabajo y enfermedad profesional. En enfermedad común o accidentes no laborales, se complementará también el 100% de la base reguladora desde el cuarto día y los tres primeros días (y ausencias con visita médica) durante siete días al año.

La empresa está obligada a concertar un seguro de fallecimiento e invalidez de una anualidad del salario bruto y dos anualidades en caso de producirse por accidente. También se establecerán los correspondientes seguros de responsabilidad civil profesional y el pago de la colegiación obligatoria.

Conciliación de Vida Laboral y Familiar: Inclusión y mejora en el convenio de los preceptos legales.

Participación sindical y derechos sindicales: Comisiones paritarias de Interpretación y Vigilancia, Formación y Seguridad y Salud.

Se regula la movilidad funcional y geográfica y se cuantifican las dietas, gastos de desplazamiento y kilometraje.


En definitiva, se crea un primer marco contractual que regula claramente las condiciones laborales, económicas y sociales mínimas de aplicación en la empresa, lo que desde la Sección Sindical de Comfía-CCOO valoramos como positivo y como el comienzo de la consolidación, día a día, de mejorar la calidad de vida laboral de la plantilla en la Empresa.

Seguiremos informando.

25 de enero de 2007

TABLA SALARIAL2007


Niveles

Salario Mínimo Garantizado

Complemento Coordinación Seg y Salud

Complemento Responsabilidad

9

30.290,00 €

4.543,50 €

3.029,00 €

8

27.156,00 €

4.073,40 €

2.715,60 €

7

24.545,00 €

3.681,75 €

2.454,50 €

6

22.456,00 €

3.368,40 €

2.245,60 €

5

19.845,00 €

2.976,75 €

4

17.756,00 €

3

15.667,00 €

2

13.578,00 €

1

11.489,00 €

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