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Aplicación de la cláusula de garantía

Banca:Nuestros salarios suben el 3,48%, desde el 1 de enero de 2008.

La cláusula de garantía del IPC firmada para el Convenio Colectivo 2007 – 2010 garantiza nuestro poder adquisitivo y va a operar este año, puesto que el IPC de 2007 ha sido del 4,2%,un 1,45% por encima del 2,75%pactado para 2007.


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  • Esto significa que para 2008 nuestros salarios se incrementan un 3,48%con efectos desde el 1 de enero, fruto de aplicar la diferencia de IPC del 1,45% a las tablas salariales de 2007 y, sobre los importes resultantes de esta actualización, aplicar la subida del 2% pactada en el Convenio para 2008.


Ya están contrastada con AEB las tablas salariales que reproducimos al dorso de esta circular y ya se han comunicado a los bancos, con el objetivo de que podamos cobrar el incremento salarial en este mismo mes de enero.


  • La cláusula de garantía de IPC opera ahora actualizando las tablas salariales de 2007, con efectos desde el 1 de enero de 2008.


  • Para el próximo año y siguientes, además de la actualización de tablas, se percibirán atrasos por la diferencia de IPC y el incremento percibido desde el 1 de enero de cada año. En 2009, si el IPC es mayor que el 2%, se actualizarán las tablas salariales de 2008 y se cobrarán los atrasos correspondientes.


Una vez más, la negociación colectiva se constata como la mejor fórmula de actualizar nuestros salarios y organizar la defensa de nuestros intereses. La capacidad negociadora de los sindicatos es la mayor garantía de conseguir nuestros objetivos, regulando y mejorando nuestras condiciones laborales.


Tu afiliación contribuye directamente a mejorar la capacidad de negociación.

Tablas salariales del Convenio Colectivo de Banca desde el 1 de enero de 2008.


Actualizadas las tablas de 2007 con el diferencial de IPC del 1,45%más, sobre esos importes actualizados, aplicada la subida del 2% acordada en Convenio para 2008.





Concepto

Tabla salarial de 2008

Importe euros en 12 pagas



SUELDOS




Grupo de Técnicos


Nivel I

32.023,70

Nivel II

27.690,60

Nivel III

23.419,42

Nivel IV

22.313,18

Nivel V

19.292,65

Nivel VI

18.064,27

Nivel VII

17.163,14

Nivel VIII

16.261,65



Grupo de Administrativos

 

Nivel IX

15.027,14

Nivel X

13.388,61

Nivel XI

12.030,64



Grupo de Servicios Generales


Nivel IX

15.027,14

Nivel X

13.388,61

Nivel XI

12.030,64

Nivel XII (hora)

3,10


 

Trienios

 

Serv. Gral. 12 (hora)

0,17

Titulado con jornada incompleta

208,05

Resto del personal

416,09


 


 

Concepto

Tabla salarial de 2008

Importe euros en 12 pagas



Trienios de Técnicos


Nivel I

475,05

Nivel II

361,73

Nivel III y IV

313,20

Nivel V

257,43

Nivel VI y VII

172,74

Nivel VIII

134,96



Asignaciones especiales


Asignación transitoria

60,49

Asignación conserjes

261,21

Plus transitorio

560,12



Otros Pluses


Plus de calidad de trabajo

1.998,16

Plus de Polivalencia funcional

1.094,36

Plus de Servicios Generales

1.094,36



Bolsa de vacaciones


Junio, julio, agosto o septiembre

136,45

Marzo, abril, mayo u octubre

218,32

Resto de los meses

382,03



Dietas


Pernoctando fuera del domicilio propio


29,00

Cuando se pernocte en el domicilio propio


12,71


 


NOTA.- Para la determinación del salario anual, corresponde dividir por doce estas tablas salariales y multiplicarlas por el número de pagas que se perciban en cada entidad.

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