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NUEVO PDP - ( CIRCULAR 3 )

MEDIDAS ACORDADAS QUE NO SE DERIVAN DEL CONVENIO COLECTIVO

CC.OO. aborda todas las negociaciones como una oportunidad de obtener avances para los empleados de Caja Madrid. Por eso, además de mejorar en lo posible el Convenio, en cada negociación interna de la Caja intentamos sacar adelante propuestas que quedaron pendientes en otros procesos ó reivindicaciones que vienen de antiguo, así como aspectos que son para nosotros objetivos estratégicos: empleo, tiempo libre, mejoras salariales...


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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MEDIDAS ACORDADAS QUE NO SE DERIVAN

DEL CONVENIO COLECTIVO     (3)

El importante acuerdo suscrito incluye muchos aspectos que no se derivan del motivo de la negociación, que era armonizar la situación de Caja Madrid con las estipulaciones del último Convenio Colectivo de cajas de ahorros.

CC.OO. aborda todas las negociaciones como una oportunidad de obtener avances para los empleados de Caja Madrid. Por eso, además de mejorar en lo posible el Convenio, en cada negociación interna de la Caja intentamos sacar adelante propuestas que quedaron pendientes en otros procesos ó reivindicaciones que vienen de antiguo, así como aspectos que son para nosotros objetivos estratégicos: empleo, tiempo libre, mejoras salariales...

Esta vez se han incorporado a las 25 páginas del acuerdo muchos de esos aspectos, que no se derivan del Convenio, tras alcanzar, a veces, complejos equilibrios con la Caja: nuevas funciones en la red, Direcciones de Zona y de Negocios; mejoras para los Subdirectores, Informáticos mal clasificados, subidas del SVR, importante creación de empleo, más tiempo libre... En esta comunicación los vamos a ir desgranando.


* Incremento de las bases de la retribución variable a toda la plantilla

- El incremento es lineal dentro de cada función, beneficia más a quienes tienen la base más baja y supera, como mínimo, un 3 % de subida en 2005 y otro tanto en 2006 (caso de Resto de empleados). Las subidas son estas :

 

2005

2006

  Director oficina Nivel A

43,00 €

43,00 €

        “            “     Nivel B

33,00 €

32,00 €

        “            “     Nivel C

26,00 €

26,00 €

  Subdirector oficina Nivel A

11,00 €

11,00 €

           “              “     Nivel B

10,00 €

9,00 €

           “              “     Nivel C

9,00 €

8,00 €

  Director de Departamento

33,00 €

32,00 €

  Coordinador de Equipo

10,00 €

9,00 €

  Gerente de Empresa

10,00 €

9,00 €

  Gerente de Promotores

10,00 €

9,00 €

  Resto de empleados

4,30 €

4,00 €

 

* Nuevas ponderaciones para el cálculo de puntos PDP anuales

                

V1

V2
V3

   - Personas que dirigen equipos de trabajo

15 %

65 %

20 %

- (Director de Oficina, Director de Departamento, Coordinador de Equipo, Gerente de empresas, Gerente de Promotores)

- Personas que no dirigen equipos de trabajo

15 %

50 %

35 %

- Nuevos requisitos mínimos para obtener puntos PDP

   V2 mayor o igual a 4

y V3 mayor o igual a 5

 

* Directores de oficina .

-          Se establecen las siguientes condiciones mínimas para el Director, según el tipo de oficina:

Oficina tipo A

Complemento hasta Nivel III (anterior 4ª A) + 1.800 €/año adicionales

Oficina tipo B

Complemento hasta Nivel IV (anterior 4ª C)

Oficina tipo C

Nivel V (anterior 6ª B)

 

-          En caso de alcanzar 12,75 puntos en V2, los coeficientes multiplicadores que se aplicarán a los puntos PDP obtenidos ese ejercicio serán los siguientes:

Oficina A

Oficina B

Oficina C

1,75

1,70

1,65

 

-          El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual que hasta la fecha.

-          Junto a la subida de bases ya expresada, a efectos del SVR se mantienen las mismas condiciones que ahora por alcanzar el Bonus (12,75 puntos),.

-          Los Jefes que no ejerzan dicha función podrán seguir ascendiendo profesionalmente hasta el Nivel II (antiguo Jefe de 3ª C). No obstante, se habilita un periodo transitorio de cinco años para que quien ya ostente dicho Nivel pueda acceder al siguiente por acumulación de puntos. 

* Subdirectores de oficina .

-          Se establecen los siguientes Niveles mínimos para el Subdirector, según tipo de oficina:

Oficina tipo A

Nivel VIII

Oficina tipo B

Nivel IX

Oficina tipo C

Nivel X

 

-          En caso de alcanzar 12,75 puntos en V2, los coeficientes multiplicadores que se aplicarán a los puntos PDP obtenidos ese ejercicio serán los siguientes:

Oficina A

Oficina B

Oficina C

1,60

1,55

1,50

 

-          El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual que hasta la fecha.

-          Junto a la subida de bases ya expresada, a efectos del SVR se mantienen las mismas condiciones que ahora por alcanzar el Bonus (12,75 puntos).

-          En cuanto a la carrera profesional, se sustituye la necesidad de obtener 20 nuevos puntos PDP para ascender sin designación por lo siguiente: ”los Subdirectores que, ejerciendo dicha función, alcancen 220 puntos PDP, no pasarán a la Posición de Promoción 15 PDP, sino que pasarán directamente y sin necesidad de designación a la Posición de Promoción 14, Nivel 5 del Grupo 1 del Convenio Colectivo”. A diferencia de lo que ocurría antes, los Subdirectores mantendrán los puntos acumulados hasta alcanzar el Nivel V (6ªB), lo que contribuye a adelantar su carrera.

-          Asimismo, se acuerda limitar a un 10%, como máximo, las oficinas que pueden carecer de Subdirector, tratándose siempre de centros con  3 empleados o menos.

* Informáticos .

-          Se acuerda revisar la situación de empleados de Las Rozas que realizan funciones informáticas y que venían recibiendo un tratamiento como administrativos en el PDP.

 

  * Tratamiento específico de nuevas funciones en oficinas, departamentos, Direcciones de Zona y de Negocio

-          Desde hace tiempo reclamábamos un tratamiento específico de nuevas realidades profesionales que surgen y de colectivos cuya situación profesional no estaba aun convenientemente reconocida; en ambos casos con una responsabilidad o nivel técnico específico.

-          Ahora se reconocen estas situaciones y se establecen condiciones propias a aplicar a los afectados. Las partes se comprometen a continuar las conversaciones en 2005 para concretar aun más dichas condiciones y, sobre todo, determinar a qué colectivos concretos se les van a aplicar.

-          De momento, se ha acordado que las medidas se aplicarán a un volumen de hasta 400 personas:  250 de la red, incluidas Direcciones de Zona y de Negocios; y 150 de departamentos.

-          Las compensaciones ya acordadas para la red de oficinas son las siguientes: Complemento Funcional revisable de 1.700 €/año, para quienes ostenten Nivel retributivo inferior a Nivel V (Jefe 6ªC); base mínima de 240 € en la retribución variable mientras ejerzan su actual función; y coeficiente multiplicador a efectos PDP.

-          Para las personas de Departamentos Centrales a quien se aplique, las condiciones serán: complemento de 2.200 €, con independencia del Nivel o posición PDP que se ostente; base mínima de 240 € en la retribución variable mientras ejerzan su actual función.

  * Más tiempo libre y menos tardes de jueves en vez de reducir la jornada en la semana de Fiestas patronales

-          El aumento del tiempo libre y la reducción de las tardes de jueves laborables son objetivos estratégicos para CC.OO. Habíamos constatado que la mayoría de la plantilla era favorable a cambiar la reducción horaria en la semana de fiestas patronales por más tiempo libre.  Por ello, se ha alcanzado un acuerdo, que ya será de aplicación en 2005, que respeta una cantidad equivalente de tiempo libre para oficinas y departamentos.

-          En departamentos, la reducción horaria durante la semana de fiestas se sustituye por 2 días más de permiso que se pueden acumular a vacaciones, de los cuales 1 no podrá coincidir en jueves en el periodo entre el 1 de octubre y el 30 de abril.

-          En oficinas, dicha reducción se sustituye por 1 día más de permiso que se puede acumular a vacaciones y que no podrá ser Jueves en horario de invierno; y otras 2 tardes de jueves libres.

  * Creación de 400 nuevos empleos en 2005

-          La Caja se compromete a crear 400 empleos en 2005, con contratos de la Caja desde el primer día, así como a hacer fijos a los 6 meses a un mínimo del 70% de estos empleados. Si pasado este periodo, la Caja decide que alguno de estos trabajadores no reúne los requisitos, sustituirá este contrato por otro fijo desde el primer día, hasta alcanzar los 400 contratos comprometidos.

-          La creación de empleo es un aspecto estratégico para CC.OO.;  en este caso se trata, además, de un importante volumen de nuevos empleos, con contratos de calidad. Junto a su indudable trascendencia social, esta medida va a aliviar la carga de trabajo en muchos centros de trabajo.

-          Por último, esta medida también aporta continuidad, ya que la mayor parte de los puestos de trabajo que se han creado desde hace tiempo en Caja Madrid lo han sido como consecuencia de compromisos laborales adquiridos en acuerdos como el presente.

  * Comisión de seguimiento de la aplicación del acuerdo

-          Considerando la complejidad del acuerdo, se constituye una Comisión paritaria empresa-sindicatos para efectuar un seguimiento de su aplicación y de las posibles incidencias que puedan surgir. Esta Comisión se reunirá con una frecuencia como mínimo trimestral en 2005; y semestral en 2006.

Aclaraciones a algunas consultas recibidas sobre este acuerdo

- Nuevos trienios

 A partir de ahora, los nuevos trienios empiezan a devengarse al alcanzar el Nivel VIII. Los equilibrios alcanzados pasan por la reaparición de niveles retributivos que en la Caja se correspondían con categorías a extinguir y por el adelanto de ascensos, lo que supone para el empleado más dinero y antes.

- Puntos PDP acumulados hasta ahora

 Los puntos PDP que cada uno tenga a fecha 1-1-2004 se conservan e incorporan a la nueva escala de puntos salvo que sea de aplicación alguna de las fórmulas que contemplan las disposiciones transitorias que, en todo caso, están orientadas a  producir más puntos que los que se tenían antes.

- Oficiales 1º

 El ascenso a nivel VI PDP un año antes del que se producía en la anterior  escala, junto con el hecho de que el siguiente incremento retributivo es mayor que  el del ascenso al antiguo 6ª C , produce anualmente mayores salarios acumulados.

 Este efecto se produce también,  por tanto, en el caso de los oficiales 1º que a 1 de enero de 2004 tengan una puntuación inferior a 200 y superior o igual a 190, puesto que se reclasifican desde esa fecha a nivel VI .

- Jefe de 6ª C

 Los actuales jefes de 6ª C comenzaran a percibir el complemento de 222 euros anuales en la mejor de  estas dos situaciones: cuando alcance 220 puntos o a los dos años de permanencia en la categoría. Para el computo de los dos años se tendrán en cuenta los períodos  de permanencia que ya hayan transcurrido en el nivel 15 (jefe de 6ª C)

- Oficiales 2º que han ascendido en 2004

A  las personas que hayan ascendido en 2004 a oficiales 2º (salvo los  ascensos por antigüedad) se les aplicará la mejor de las siguientes dos transitorias: la del oficial  segundo con menos de un año de antigüedad o la que le correspondería de no haberse producido el ascenso.

 

 

 

Madrid, 27 de diciembre de 2004

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