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Presunción de inocencia

22 10 03 El banco debe investigar cualquier operación fraudulenta, pero respetando la dignidad de la plantilla, que siempre debería gozar de la presunción de inocencia. (PDF:Cat. / Cast.)


Este artículo se publicó originalmente en Banco Sabadell (CCOO Grupo Banco Sabadell) ,


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PRESUNCIÓN DE INOCENCIA


A finales de julio el Sr. Miquel Roca, Secretario del Consejo de Administración, en un artículo de opinión publicado en La Vanguardia, reflexionaba sobre la muerte de David Kelly y las extrañas circunstancias que la rodearon.



Desde CC.OO. pensamos que no es necesario que muera nadie, ni hace falta ir tan lejos para reflexionar sobre la presunción de inocencia. Cualquier persona empleada del Grupo Banco Sabadell puede encontrase inmersa en una situación ajena a su voluntad y verse involucrada en una acción fraudulenta. Sólo hace falta que se den un cúmulo de circunstancias, y que la dirección del Banco las considere sospechosas, para que éste emita un juicio de culpabilidad.



No todo el mundo tiene la capacidad de respuesta y la fuerza moral para enfrentarse a una dirección que acusa sin pruebas concluyentes. ¿Dónde está la presunción de inocencia...? Aquí es donde los delegados y delegadas de CC.OO. pueden intervenir a favor de toda la plantilla.



Alguien pensará que no hay para tanto, pero mientras tanto la credibilidad de la persona afectada ha quedado cuestionada. No importa la trayectoria profesional, los años dedicados, las horas extraordinarias trabajadas y no remuneradas, el kilometraje sin cobrar, la toma de responsabilidades que no nos corresponden para suplir los medios insuficientes que el Banco nos proporciona... todo eso es irrelevante para la dirección del Banco.



¿No sería conveniente que el Banco compartiera las pruebas acusatorias con la representación sindical?



¿Es necesario que sea la misma persona acusada la que se vea obligada a demostrar su inocencia ante pruebas dudosas?



¿Es necesario que este proceso dure tres meses, con el consiguiente desgaste de la persona afectada y su entorno?



¿Ha de prevalecer siempre la credibilidad del cliente sobre la del empleado?



¿El Banco no debería respetar la dignidad de la persona, al mismo tiempo que efectúa una profunda y adecuada investigación de los hechos?



Esto no es una anécdota, es una realidad. ¡Una compañera nuestra lo ha sufrido!, ¡Todos estamos bajo sospecha! Por lo tanto, es de vital importancia que cumplamos la normativa. Sólo aplicándola prevenimos errores y en caso de incoherencias las hacemos evidentes. Tenemos que habituarnos a hacer cosas tan sencillas como:

1. Desidentificarnos cuando dejamos de utilizar el terminal (salidas de visitas, desayunos...)

2. Extremar las medidas de verificación de clientes en operaciones de tarjetas y de caja (sobretodo si son extranjeros).

3. Dar importancia a la operativa de caja, ya que genera el 30% de las sanciones en nuestra empresa.



NOS INTERESA A TODOS CUMPLIR CON LA NORMATIVA Y EL BANCO TIENE LA OBLIGACIÓN DE INVESTIGAR CUALQUIER OPERACIÓN FRAUDULENTA, PERO RESPETANDO LA DIGNIDAD DE LA PLANTILLA.



AFILIARSE TE DA DERECHO A QUE TUS REPRESENTANTES DE CC.OO. ESTÉN PRESENTES EN CUALQUIER INCIDENCIA LABORAL CON EL BANCO.


Girona, 22 de octubre de 2003

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