Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Burgos


Convenio Oficinas y despachos Burgos

El presente Convenio obligará a todas las empresas presentes o futuras, cuyas actividades vienen recogidas en el artículo segundo de este Convenio (oficinas y despachos) y cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital o en la provincia, aún cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia.