Firmado Acuerdo de Teletrabajo por Covid-19

¡CCOO consigue mesa de negociación y acuerdo!


Hoy, por fin, firmamos un acuerdo de teletrabajo vinculado y específico para la situación de crisis sanitaria derivada de la Covid-19. Este acuerdo nace con la finalidad de incorporar dos perspectivas fundamentales: la prevención de riesgos y la conciliación, y conjugarlos a su vez con las necesidades organizativas de los distintos centros de trabajo.  Este acuerdo ha sido fruto de la iniciativa y del trabajo insistente de la Sección Sindical de CCOO.


Este artículo se publicó originalmente en G. Coop. Cajamar (CCOO en Grupo Cooperativo Cajamar) ,

Es tremendamente satisfactorio poder informar de que el acuerdo definitivo recoge gran parte de nuestras demandas y además ha alcanzado el respaldo del resto de secciones sindicales que han estado presentes en la mesa de negociación abierta al efecto por RRHH.  

El acuerdo atañe a la totalidad de los ámbitos de la empresa, tanto SSCC como la Red de Oficinas, y es extrapolable igualmente al personal ubicado en empresas participadas del GCC, con acuerdo de garantías 

De forma general y prioritaria se podrán acoger a esta modalidad de trabajo: 

  • Personal afectado por patologías. Sobre lo publicado por el ministerio de sanidad para grupos vulnerables, se reconoce derecho al teletrabajo para los grupos 3 y 4 de vulnerabilidad. (Puedes consultar tabla anexa). Este reconocimiento se aplicará en territorios o comunidades donde el riesgo mayoritario de alerta sea 4. 

  • Para los casos de acompañamiento domiciliario de convivientes (hijos menores de 14 años u otros dependientes) que deban estar asilados o confinados por vinculación Covid-19 

  • Para los casos en los que la persona trabajadora, deba permanecer en aislamiento domiciliario al haber mantenido algún contacto con una persona infectada de Covid-19 y no se le haya facilitado desde los servicios sanitarios de salud un parte de baja médica. 

Dependiendo del centro de trabajo, además de estas cuestiones anteriores, se podrá acordar el teletrabajo para el resto del personal en la siguiente forma: 

A) en el Banco o DDTT:   se podrán establecer turnos rotatorios de la plantilla de cada oficina interna según las necesidades organizativas de cada entorno. 

B) en la Red de Oficinas:  se reconoce el derecho al teletrabajo rotatorio de los restantes empleados/as siempre y cuando exista una situación justificada de reducción de afluencias de público, entendiendo que esto se produce en un estado de confinamiento domiciliario.  Esta rotación, será semanal y se aplicará bajo los siguientes parámetros:  

  1. Oficinas de entre 3 y 5 personas operativas: Si no hay personal prioritario teletrabajando, podrá teletrabajar al menos 1 persona 

  2. Oficinas de entre 6 y 8 personas operativas: podrán teletrabajar al menos 2 personas, para el computo del personal mínimo se tendrá en cuenta el personal prioritario. 

  3. Oficinas de 9 o más personas operativas: podrán teletrabajar al menos 3 personas. Para el cómputo de personal mínimo en teletrabajo se tendrá en cuenta el personal prioritario. 

  • Este acuerdo recoge igualmente la dotación de medios por parte de la empresa: dotación de equipos, tarjetas sim, sillas ergonómicas o pantallas de visualización, dependiendo de las necesidades de cada puesto.        

  • Es importante, y así se recoge por escrito en este acuerdo, recordar que el teletrabajo nace siempre desde la voluntariedad individual y sobre las premisas ya indicadas.  

En breve, podremos facilitarte el texto completo del acuerdo, que también será incluido en la intranet, en el apartado de Normativa Laboral/Acuerdos firmados con la Representación Sindical.    

   Complementariamente, se formalizará también, el nuevo acuerdo sobre medidas de conciliación durante la situación de emergencia sanitaria por Covid-19.   

En CCOO seguimos trabajando para mejorar las condiciones laborales de la plantilla y tomamos la iniciativa para dar respuestas a las necesidades que surgen. 

 ¡Ahora más que nunca, pensando en ti!