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Equiparación permiso por nacimiento para ambos progenitores


A partir del 1 de enero de 2021 se iguala por primera vez el permiso por nacimiento, adopción o acogimiento para ambos progenitores/as, que podrán disfrutar de 16 semanas.


Este artículo se publicó originalmente en bankia (Seccion Sindical Bankia) ,

La entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, supuso la aplicación paulatina de este permiso.

En el caso de nacimiento:

16 semanas de permiso, 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto. El resto de semanas podrán ser distribuidas por los progenitores/as en periodos semanales a disfrutar de jornada completa o parcial  (previo acuerdo con la Empresa) hasta que el bebé tenga 12 meses.

En el supuesto de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento:

La suspensión tendrá una duración de 16 semanas para cada adoptante, guardador/a o acogedor/a. 6 semanas deberán disfrutarse a jornada completa de forma obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

Las 10 semanas restantes se podrán disfrutar en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida (previo acuerdo con la empresa), dentro de los 12 meses siguientes de la resolución judicial o decisión administrativa.

Supuestos de ampliación:

Ampliación en 1 semana para cada progenitor/a por cada hijo/a, a partir del segundo/a, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.

Ampliación en 1 semana para cada progenitor/a en caso de discapacidad del hijo/a.

El disfrute de los períodos semanales, o en su caso la acumulación de dichos períodos deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días.