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Anteproyecto de Ley de las personas consumidoras y clientes (II)


Consejo Económico y Social españa
  • Se emite el dictamen del Consejo Económico y Social 

En el día de hoy ha tenido lugar la segunda reunión del Grupo de Trabajo del Consejo Económico y Social (CES) sobre el Anteproyecto de Ley de que regula los Servicios de Atención a las Personas Consumidoras y Clientela.


Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , Contact Center (Telemarketing Contact Center) ,

Como ya adelantamos, las alegaciones emitidas por CCOO fueron incluidas en un primer borrador de dictamen del CES y en la reunión de hoy se ha concretado el texto definitivo para su aprobación por el pleno el próximo día 16.

 

El papel que desempeña CCOO en el Consejo Económico y Social es clave para hacer notar al Gobierno las implicaciones que esta y otras Leyes pueden tener para las trabajadoras y los trabajadores.

 

A continuación este dictamen, junto con el que emita por su parte el Consejo de Estado, será considerado por el Consejo de Ministros para la elaboración del proyecto de Ley que será sometido a trámite parlamentario (presentación de enmiendas y votación en el Congreso)

La mayoría de las aportaciones de CCOO han sido aceptadas por todas las partes.

La patronal CEOE y las asociaciones de personas consumidoras han aceptado incluir en el informe la necesidad de concretar cuestiones como la formación del personal, la evaluación del desempeño o el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras, entre otras.

Sin embargo, no ha habido consenso en otras cuestiones, pues CEOE considera que ni el Sector Financiero ni el de Transporte de Personas se deben incluir en el ámbito de aplicación por disponer ya de regulación propia. Por esto en el dictamen final, el CES insta al Gobierno a aclarar el “entramado legal” que se puede originar al disponer de normativa general y específica.

Desde CCOO esperamos que tanto el Gobierno como los distintos grupos parlamentarios sean sensibles a estas alegaciones, porque los derechos de las personas consumidoras no deben entrar en conflicto con los derechos de las trabajadoras y los trabajadores que les atienden.