COMPRAVENTA
Numero: seiscientos sesenta y seis.
En Sevilla, a nueve de julio de dos mil tres.
Ante mí, Alberto Antunez Antunez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia en la ciudad de la fecha.
COMPARECEN
De una parte: Los cónyuges don Abundio Alcántara Alcántara y doña Ana Álvarez Álvarez, mayores de edad, casados en régimen de gananciales y vecinos de Sevilla, con domicilio en Calle A, numero uno, y con DD.NN.II. números 11.111.111 y 22.222.222.
Y de otra: Los cónyuges don Braulio Braun Braun y doña Beatriz Bernárdez Bernárdez, mayores de edad, casados en régimen de gananciales y vecinos de Sevilla, con domicilio en calle B, numero uno y con DD.NN.II. números 33.333.333 y 44.444.444.
Les identifico por sus documentos de identidad que exhiben y compruebo.
Les juzgo con capacidad suficiente para otorgar la presente escritura de compraventa
Intervienen en sus propios nombres y derecho y EXPONEN:
PRIMERO: Que don Abundio Alcántara Alcántara es dueño,
en pleno dominio y con carácter privativo, de la finca que se describe
a continuación, que constituye el domicilio habitual de su familia:
URBANA: Piso B, en planta primera, de la casa en Sevilla, en Calle C, numero dos. Tiene una superficie útil de cincuenta y cinco metros cinco decímetros cuadrados. Linda por la derecha de su entrada con el piso letra A de la misma planta, por la izquierda, con el piso letra C, de su misma planta y por el fondo, con vuelos a la calle. Su cuota de participación es de tres enteros cincuenta centésimas por ciento.
INSCRIPCION: Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad Numero Dos de Sevilla, al folio 1, del tomo 1, del libro 1, de la primera sección, finca 11.111.
TITULO: La adquirió por titulo de compraventa es estado de soltero, formalizada en Sevilla, en escritura otorgada el uno de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante el Notario don Ángel Aparicio Aparicio.
CARGAS: Se
encuentra gravada con una hipoteca, constituida a favor del Risky Investments
Bank, S.A, en garantía de un préstamo de setenta y cinco mil euros
de principal, siete mil euros de intereses ordinarios, catorce mil euros de
intereses de demora y cuatro mil euros para costas y gastos, constituido por
escritura autorizada en Sevilla, el uno de enero de mil novecientos noventa
y ocho, ante el Notario don Ángel Aparicio Aparicio.
Manifiesta la parte vendedora, que el importe del préstamo se encuentra
reducido en la actualidad a la cantidad de cincuenta mil euros, en virtud de
las amortizaciones realizadas por la parte vendedora.
ARRENDAMIENTOS: Esta libre de arrendamientos, inquilinos y ocupantes.
REFERENCIA CATASTRAL: No me acreditan la referencia catastral de la finca, por lo que yo el Notario les hago la oportuna advertencia.
OTORGAN
PRIMERO: Don
Abundio Alcántara Alcántara , con el consentimiento de su esposa
doña Ana Álvarez Álvarez, VENDE la finca descrita en la
exposición de esta escritura a Doña Beatriz Bernárdez Bernárdez
, que compra y adquiere.
SEGUNDO: Consiste el precio de esta compraventa en la cantidad de sesenta mil
euros, que se hace efectivo de la siguiente forma:
La compradora descuenta y retiene la parte pendiente de pago, del principal
de la hipoteca que grava la finca, en cuya responsabilidad se subroga, señalando
como domicilio a efectos de requerimientos y notificaciones, la finca adquirida,
y el resto del precio, ascendente a la cantidad de diez mil euros, se confiesa
recibida por la parte vendedora, en este mismo acto, por cuyo importe otorga
la mas firme y eficaz carta de pago.
CUARTO: Manifiesta doña Beatriz Bernárdez Bernárdez que el dinero que invierte en la compra de esta finca procede de la venta de una finca privativa de ella -adquirida por herencia de su padre-, lo que su esposo don Braulio Braun Braun corrobora, Solicitando del Señor Registrador la inscripción de esta finca con dicho carácter.
TERCERO: El otorgamiento de esta escritura supone la entrega de la finca vendida, de manera que la parte compradora, entra en este momento en posesión de la vivienda adquirida.
CUARTO: Todos los gastos e impuestos que origine la presente escritura serán
de cuenta y cargo de la parte compradora
ADVERTENCIAS LEGALES Y FISCALES
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AUTORIZACION.
. . .
DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN
- Carta de pago -MODELO 600- del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la que consta el pago de 4.200 euros.