SUPUESTO DIECIOCHO
EXPROPIACIÓN
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN URBANÍSITICA
Expediente 13/02-JDT.
Ayuntamiento
de Sevilla
EXPROPIACIÓN DE BIENES Y DERECHOS INCLUIDOS EN EL PERI-LM-2
ACTA DE PAGO Y OCUPACIÓN
Acta de pago y ocupación de la finca sita en el número 131 de
la calle Sancho Panza, que se expropia a don Facundo Raposo Taimado.
En Sevilla, a 22 de junio de 2.004
CONSTITUIDOS en la finca objeto de expropiación, los señores que
se mencionarán, con el carácter y representación que intervienen,
proceden a formalizar la presente Acta de Pago y Ocupación del bien que
se expropia, cuya descripción será hecha en el lugar correspondiente,
de conformidad con el artículo 55 del Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa, el artículo 32 del Reglamento Hipotecario, y la Orden de 9 de
marzo de 1.964, que dispone los requisitos que habrán de contener las
actas de expropiaciones urbanísticas, HACIENDO CONSTAR:
PRIMERO: Es órgano expropiante y beneficiario del bien objeto del presente acta, el Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 3 de su Reglamento.
SEGUNDO: La presente expropiación está motivada y legitimada por la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla, aprobada definitivamente por Resolución del Excelentísimo Señor Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de 29 de diciembre de 1.999, y de su desarrollo por el Plan Especial de Reforma Interior LM-2, aprobado definitivamente por el Pleno celebrado en el Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, el día 22 de marzo de 2.000, que se ejecuta por el sistema de expropiación, ya que la aprobación definitiva de éste último implica la declaración de utilidad pública de las obras y de necesidad de ocupación de los terrenos y edificios, según el artículo 64.1 de la Ley del Suelo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.2 de la Ley del Suelo, se sometió a Información Pública una relación de los bienes, derechos y titulares, en la que se incluían los que son objeto de este acta, y que fue aprobada por el Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento, el día 23 de abril de 2.002, acordándose asimismo, la expropiación de los citados bienes y derechos.
TERCERO: Para la determinación del justiprecio del bien que se expropia, se inició la correspondiente pieza separada de justiprecio (Expediente 13/02-JDT, p.s. 46) fijándose con carácter ejecutorio, por resolución del Jurado Provincial de Expropiación de fecha 27 de enero de 2.004, acatado por acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo, de fecha 21 de abril de 2.004, aprobándose igualmente el gasto y correspondiente pago en dicha sesión, ascendente a la suma de SESENTA MIL CIEN EUROS (60.100€), cantidad que ha sido entregada al expropiado don Facundo Raposo Taimado, como titular registral de la finca objeto de la presente acta.
CUARTO: Intervienen en este acto, con el carácter y representación que se indican:
-Por la Administración Expropiante:
-Doña Josefa Estilete Gordillo, Teniente de Alcalde, Delegada del Área de Urbanismo e Infraestructura y Equipamiento Urbano del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, por delegación Expresa de la Alcaldía.
-Don Fabriciano Facúndez Bravo, como Secretario del Ayuntamiento.
-Por la Parte expropiada:
-Don Facundo Raposo Taimado, mayor de edad, soltero y vecino de Sevilla, como domicilio en la calle Cacería, número 9, y con D.N.I. número 28.000.000-X, que ha acreditado con certificación del Registro de la Propiedad Número 25 de Sevilla, que es el titular dominical de la finca que ahora se expropia.
QUINTO: Que el bien que
se expropia tiene la siguiente descripción: "URBANA: Casa en la
ciudad de Sevilla, en el barrio de Los Molinos, calle Sancho Panza, número
ciento treinta y uno, con una superficie de noventa y ocho metros noventa decímetros
cuadrados. Linda, por la derecha de su entrada, con el número ciento
treinta y tres de su misma calle; por la izquierda, con el número ciento
veintinueve de la misma calle Sancho Panza, y por el fondo, con el número
cincuenta de la calle Rocinante".
La finca se encuentra gravada con nota de inclusión en el Registro Municipal
de Solares y Terrenos sin Edificar, sección de edificaciones Ruinosas,
según se acordó en acuerdo de la Gerencia Municipal de Urbanismo
del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, de fecha 30 de diciembre de
1.999, que se consignó por nota al margen de la inscripción 2ª
de la finca, de fecha 3 de enero de 2.001.
INSCRIPCIÓN: La finca aparece inscrita al folio 13, del libro 13, del tomo 131, del Registro de la Propiedad Número Veinticinco de Sevilla.
En la actualidad la finca aparece inscrita a favor de don Facundo Raposo Taimado, por haberla comprado a don Cándido Flores Flor, en escritura otorgada en Sevilla, el 22 de julio de 1.988, ante el Notario don Alberto Merino Macías, como consta en certificación del Registro de la Propiedad Número Veinticinco de Sevilla, aportada por el expropiado a este expediente.
SEXTO: El bien expropiado se adquiere libre de cargas y gravámenes y el pago del justiprecio esta exento de toda clase de gastos, impuestos y gravámenes o arbitrios del Estado, Comunidad Autónoma y Provincia, incluso el de pagos del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de Expropiación Forzosa, en relación con la Ley de Haciendas Locales de 28 de diciembre de 1.988.
SÉPTIMO: En consecuencia de todo lo expuesto, por la Autoridad Interviniente en nombre del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, se procede a la ocupación del bien expropiado que ha sido puesto a disposición del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, para destinarlo a los fines previstos en los acuerdos, legitimadores de la expropiación, ocupación ésta quiera y pacífica, sin interrupción ni aposición de persona alguna.
Y para que conste, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Expropiación Forzosa y 52 de su Reglamento y a fin de procurar la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad, se extiende la presente Acta de Pago y Ocupación por quintuplicado y en papel común, firmando los comparecientes en la ciudad y fecha del encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, DOY FE:
El Secretario
Firmado: Don Fabriciano Facúndez Bravo
El Expropiado
Firmado: Don Facundo Raposo Taimado
Se acompañan:
-Carta de pago -Modelo 600-,
en cuya autoliquidación se alegó la exención.
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