SUPUESTO DIECISIETE-B
SEGREGACIÓN Y COMPRAVENTA
Numero: setecientos setenta y siete
En Sevilla, a nueve de julio de dos mil cuatro
Ante mí, Alberto Merino Baez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia en la ciudad de la fecha.
COMPARECEN
De una parte: Don Tomás Lugar López, mayor de edad, y vecino de Sevilla, con domicilio en Calle Milagros, numero ciento uno, y con D.N.I. numero 77.111-T
Y de otra: Don Mateo Cebedeo de Pedro, mayor de edad, soltero, de nacionalidad Canadiense, domiciado en calle Ton-ton, 3.212, Toronto, Canadá, con Pasaporte vigente número 88.888-V.
Les identifico por sus documentos de identidad que exhiben y compruebo.
INTERVIENEN
El último en su
propio nombre y derecho, y el primero como mandatario verbal, que asegura ser
de la entidad Pesquerías, S.A, domiciliada en Sevilla, calle Almería,
número 21, constituida mediante escritura formalizada en La Algaba, el
uno de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante el Notario don José
Maria Butragueño Butragueño, inscrita en el Registro Mercantil
de la Provincia de Sevilla, en la hoja SE-111, con C.I.F. numero A-55/555.
Yo el Notario les advierto de la necesidad de que un representante de la sociedad,
con facultades suficientes para ello, ratifique la presente escritura para que
la misma tenga eficacia, pero no obstante mi advertencia insisten en el otorgamiento.
Les juzgo con capacidad
suficiente para otorgar la presente escritura de segregación y compraventa
y
EXPONEN
PRIMERO: Que don Mateo Cebedero de Pedro, es dueño, en pleno dominio, de la finca que se describe a continuación:
URBANA; DOS: Local en planta de baja, del edificio en Sevilla, en Calle Cariátides, numero tres. Se encuentra totalmente diáfano. Tiene una superficie útil de doscientos metros diez decímetros cuadrados. Linda por la derecha de su entrada con la casa numero uno de su misma calle; por la izquierda, la casa número cinco de la antes dicha calle Cariátides; y por el fondo, con traseras de la casa numero sesenta y nueve de la calle Jaspe. Su cuota de participación en el edificio del que forma parte es de trece enteros cincuenta centésimas por ciento -13'50%-.
INSCRIPCION: Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad Numero Cincuenta de Sevilla, al folio 1, del tomo 100, del libro 101, de la primera sección, finca 11.111.
TITULO: Pertenece a don Mateo Cebedeo de Pedro, por titulo de compraventa formalizada en Sevilla, el trece de febrero de dos mil cuatro, ante la Notaria doña Anselma Pagés Corro, que se inscribió en el Registro de la Propiedad, inscripción 4ª.
CARGAS: Se encuentra gravada con una hipoteca a favor del Banco de Inversiones, S.A., constituida en garantía de un préstamo de sesenta mil euros de principal, cinco mil euros de intereses ordinarios, diez mil euros de intereses de demora, y de quince mil euros para costas y gastos, formalizada en escritura otorgada en Sevilla, el ocho de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante el Notario don Manuel Tenorio de la Rosa, que causó la inscripción 2ª de la finca.
ARRENDAMIENTOS: Está libre de arrendamientos, inquilinos y ocupantes.
REFERENCIA CATASTRAL: Se incorpora recibo del último semestre del Impuesto de Bienes Inmuebles, que yo el Notario compruebo, y devuelvo a los interesados, tras hacer una copia que queda incorporada a esta matriz, para ser trasladada en sus copias, y del que resulta que la referencia catastral de la finca es 34TG2345GH 01245783HH.
OTORGAN
PRIMERO: Don Mateo Cebedeo de Pedro, como titular del pleno dominio de la finca descrita en la exposición de esta escritura, segrega de la misma la que se describe a continuación configurándola como finca independiente:
URBANA; DOS-DOS: Local número dos, en planta de baja, del edificio en Sevilla, en Calle Cariátides, numero tres. Se encuentra totalmente diáfano. Tiene una superficie útil de cincuenta metros cuadrados. Linda por la derecha de su entrada con la casa numero uno de su misma calle; por la izquierda, con el resto de la finca de la que se ha segregado; y por el fondo, con traseras de la casa numero sesenta y nueve de la calle Jaspe. Su cuota de participación en el edificio del que forma parte es de seis enteros setenta centésimas por ciento -3'70%-.
El señor Cebedeo de Pedro, solicita del señor Registrador de la Propiedad Número Cincuenta de Sevilla, la inscripción de la finca descrita, como finca independiente.
SEGUNDO: Tras la segregación realizada, la finca 11.111, queda con la siguiente descripción:
URBANA; DOS-UNO: Local número uno en planta de baja, del edificio en Sevilla, en Calle Cariátides, numero tres. Se encuentra totalmente diáfano. Tiene una superficie útil de ciento cincuenta metros diez decímetros cuadrados. Linda por la derecha de su entrada con local segregado; por la izquierda, la casa número cinco de la antes dicha calle Cariátides; y por el fondo, con traseras de la casa numero sesenta y nueve de la calle Jaspe. Su cuota de participación en el edificio del que forma parte es de seis enteros ochenta centésimas por ciento -9'80%-.
TRES: La segregación
se ha realizado con el acuerdo unánime de los propietarios que integran
la comunidad, y así me lo acreditan con certificado expedido por don
Laureano Pérez González, presidente de dicha comunidad, cuya firma
legitimo e incorporo copia de dicho certificado a esta matriz, para que forme
parte integrante de la misma y para reproducirla en sus traslados.
Me exhiben igualmente el libro de actas de la comunidad, en el que consta extendida
acta de fecha uno de marzo de dos mil tres, en la que se recoge el nombramiento
del señor Pérez González como presidente de la comunidad
de propietarios, de lo que yo el Notario doy fe.
CUARTO: Don Mateo Cebedeo de Pedro, VENDE, el local segregado, designado como número uno, a Pesquerías, S.A. que lo compra.
QUINTO: Consiste el precio de esta compraventa en la cantidad de noventa y tres mil euros, cuyo recibo confiesa la parte compradora, representada en la forma que se dice en la intervención de esta escritura.
SEXTO: El otorgamiento de esta escritura supone la entrega de la finca vendida, de manera que la parte compradora, entra en este momento en posesión del local adquirido.
SÉPTIMO: Todos los gastos e impuestos que origine la presente escritura serán de cuenta y cargo de la parte compradora.
OCTAVO: La sociedad compradora a través de su representante manifiesta que procede a la retención del cinco por ciento del precio de la venta, ascendente a cuatro mil seiscientos cincuenta euros, en concepto de retención o ingreso a cuenta del impuesto sobre la renta de los no residentes.
ADVERTENCIAS LEGALES Y FISCALES
. . .
AUTORIZACION
. . .
DILIGENCIA: El día trece de julio de 2.004, comparece ante mi, don Lucas
Giráldez de Oro, mayor de edad y vecino de Sevilla, con domicilio en
calle Pez, número ocho, y con D.N.I. número 28.771.562-A, como
consejero delegado que asegura ser de la sociedad Pesquerías, S.A, domiciliada
en Sevilla, calle Almería, numero 21, constituida mediante escritura
formalizada en La Algaba, el uno de enero de mil novecientos noventa y nueve,
ante el Notario don José Maria Butragueño Butragueño, inscrita
en el Registro Mercantil de la Provincia de Sevilla, en la hoja SE-111, con
C.I.F. numero A-55/555.
Fue nombrado para el cargo que ostenta, por plazo de cinco años, en escritura
otorgada en Sevilla, el trece de enero de dos mil, ante la Notaria doña
Anselma Pagés Corro, confiriéndosele todas las facultades legalmente
delegables, pertenecientes al Consejo de Administración, salvo las indelegables;
la expresada escritura causó la inscripción 4ª de la hoja
SE-111.
En el ejercicio del expresado cargo y tras la lectura íntegra de la precedente
escritura, cuyo contenido declara conocer en su integridad, la ratifica expresamente,
e igualmente ratifica la intervención de don Tomás Lugar López,
en nombre de la entidad Pesquerías, S.A. y sin nada más, se cierra
la presente diligencia, en el lugar y fechas al principio indicados.
DOCUMENTOS UNIDOS
CERTIFICADO DEL PRESIDENTE
DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
Don Laureano Pérez González, presidente de la comunidad de propietarios
del edificio en Sevilla, en calle Cariátides, número tres, que
fue nombrado para su cargo, en acuerdo de 1 de marzo de 2.003.
CERTIFICA
Que en el libro de actas de esta nuestra comunidad, figura el acta cuyo contenido se reproduce a continuación:
"En Sevilla, a 30 de
noviembre de 2.003.
Debidamente convocada la junta de propietarios, se procedió a la lectura
del orden del día, puesto de manifiesto en la convocatoria, con los siguientes
puntos:
1º.- Tratar la solicitud de don Mateo Cebedeo de Pedro, propietario del
local comercial en planta baja del edificio, de segregar del mismo un local
independiente de 50 metros cuadrados, para venderlo como local independiente,
distribuyendo entre ellos, la cuota de comunidad, de manera que la cuota total
de 13'50%, correspondiente a la totalidad del local, pase a convertirse en dos
cuotas, una de 3'70% (para el local de 50 metros cuadrados) y otra de 9'80%
(para el resto), sin que sufran alteración ninguna de las cuotas de los
demás pisos y locales integrantes del edificio.
2º.- Ruegos y preguntas.
Estuvieron presentes en la reunión, los propietarios de todos los pisos
y locales, a excepción, del propietario del piso Primero B.
Tras la pertinente discusión, se votó favorablemente por todos
los asistentes la modificación propuesta.
El acta de la reunión está firmada por el secretario y tiene el
visto bueno del presidente."
Tras la adopción del acuerdo que se acaba de reproducir se comunicó
el mismo, por reproducción literal del acta que antecede, al propietario
no asistente, sin que el mismo se haya opuesto, en la forma que establece el
artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal en el plazo de 30 días
naturales desde la comunicación.
Y para que así conste, expido la presente certificación, en Sevilla, el día 10 de enero de 2.004
Firmado:
EL PRESIDENTE
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