Vacaciones 2015

NO es legal impedir a la plantilla disfrutar sus vacaciones el primer y el último día del mes


CCOO, haciéndose eco de las numerosas quejas de compañeros/as a los que se está presionando para que no disfruten sus vacaciones coincidiendo con el primer y el último día del mes, recuerda que el Convenio Colectivo NO AMPARA ESTA LIMITACIÓN.  Para  evitar  malos  entendidos,  recordamos de nuevo la normativa:

  • Tenemos 25 días laborales anuales a disfrutar entre el 1/1 al 31/12 (SIN EXCEPCIONES).

·       La Caja y el empleado podrán convenir la división en dos del periodo de vacaciones.

·       La entidad establecerá para cada oficina el cuadro de personal afecto a ellas, cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquel...

Cuidar que los servicios queden cubiertos no es impedir a los trabajadores que disfruten de su periodo vacacional en determinados días. La falta de personal que padecemos, no puede recaer, como siempre, sobre los trabajadores y trabajadoras.

Por ello, hemos solicitado al Dpto. de RRHH que den las instrucciones pertinentes a los responsables de aprobar los cuadros de vacaciones para que cumplan la legalidad vigente y no impida a los trabajadores/as disfrutar de sus derechos.Saber+