LA EMPRESA NO APRUEBA LAS MEDIDAS MÁS IMPORTANTES PARA LA CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD
Las mujeres atienden los cuidados de sus familiares y por ello, se ven obligadas a reducir la jornada, coger excedencias y permisos no retribuidos. La mayoría, soportan un trabajo que no les gusta porque con 25h semanales pueden atender a sus familiares (¿os suena a más de una?). Esto ha quedado demostrado en el diagnóstico de situación. Hoy la empresa, en un inesperado giro de guión, nos comunica que retira del Plan de Igualdad de Konecta BTO las siguientes medidas:
LA CULPA, SEGÚN LA EMPRESA: LA SUBIDA SALARIAL Y LAS MEJORAS LEGISLATIVAS
El Grupo Konecta dice que la subida salarial y la posible reducción de la jornada laboral dejan a la empresa en una situación de pérdidas, por lo que no puede asumir estos permisos.
Desde CCOO hemos manifestado que NO NOS LO CREEMOS porque no nos han facilitado ni un dato. Tan sólo percibimos el desprecio de una Dirección de la empresa hacia unas mujeres que son las que están produciendo sus beneficios a costa de renunciar a sus derechos.
Comunicamos oficialmente que CCOO no dará su visto bueno a un Plan de Igualdad que no aborde el grave problema de conciliación de las mujeres de Konecta con medidas concretas y efectivas.
Por descontado, si la empresa pretende implantar este Plan de Igualdad sin dichas medidas, desde CCOO iniciaremos las acciones judiciales, administrativas y políticas que estén en nuestra mano para que Konecta entienda, de una vez, que el camino hacia la igualdad también es responsabilidad suya.
CCOO fue el primer sindicato que planteó esta cuestión en la Comisión Paritaria de Interpretación de nuestro Convenio. Al no alcanzar acuerdo, interpuso la correspondiente demanda y otros sindicatos hicieron lo mismo.
]]>La nueva normativa amplía el comúnmente llamado "permiso por hospitalización" a 5 días en el Estatuto de los Trabajadores. En su día, CCOO exigimos una adaptación de nuestro Convenio para que dicho permiso no sólo aumente a 5 días, sino que éstos sean días hábiles y no naturales.
Ante la negativa de la patronal de Contact Center, CCOO dimos el siguiente paso e interpusimos una demanda al igual que hicieron otros sindicatos en esas fechas. Finalmente, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón.
Por lo tanto, el permiso al que hace referencia el artículo 30 apartado b), queda referido a "días hábiles" (o laborales) en lugar de días naturales.
Desde CCOO creemos que es una gran noticia y dado que nuestra demanda ha sido estimada, esperamos que se acate esta sentencia.
Una negociación que ha estado marcada por el conflicto en sus inicios, llegando la Audiencia Nacional a anular un primer texto que la empresa había aprobado unilateralmente.
Desde entonces, y bajo la tutela del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) se han ido consensuando los diagnósticos y contenidos de este Plan.
]]>UN PLAN CON 90 MEDIDAS
Como punto de partida, entre las medidas aprobadas se encuentra el nombramiento de una persona responsable de la Igualdad en la empresa.
Las empresas que suscriban contratos de servicios con Intelcia, como las ETTs, deberán manifestar por escrito su compromiso con el cumplimiento de este Plan de Igualdad.
Se constituirá una Comisión Negociadora para la Valoración de Puestos de Trabajo de manera que, durante la vigencia del Plan, podamos detectar si los trabajos de igual valor se remuneran sin sesgos de género.
Se negociará un nuevo protocolo frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Se crea un protocolo para la protección de las víctimas de violencias machistas.
Se han conseguido con dichas medidas, un buen número de nuevos derechos dirigidos a garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a unas mejores condiciones laborales. Entre otros:
Desde CCOO estamos satisfechas con el acuerdo alcanzado, que tiene como objetivo eliminar las desigualdades detectadas y evitar posibles discriminaciones entre las mujeres y los hombres que trabajamos en Intelcia.
Nos queda por delante un arduo trabajo tras este punto y seguido, pues realizaremos nuestra labor de vigilancia desde la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad.
LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE INTELCIA PUEDEN ENCONTRAR EL DOCUMENTO ÍNTEGRO DEL PLAN DE IGUALDAD EN "INTELCIA CONTIGO".
Entre los acuerdos más relevantes destacan medidas como comunicar de manera pública y fehaciente los puestos vacantes en GCOCC al personal del centro de trabajo antes de recurrir a convocatorias externas, seguimiento de la política retributiva y brecha salarial, también la formación en materia de igualdad.
Respecto a las medidas para favorecer las condiciones de trabajo así como la conciliación y la corresponsabilidad, se incorporan novedades como dar solución a necesidades de las personas trabajadoras para compatibilizar la prestación del servicio con la atención de situaciones personales complejas, atendiendo a la situación individual, se facilitarán espacios de lactancia (extracción de leche materna), se hará un registro de horas complementarias y extraordinarias y se priorizará la ampliación de jornada para las personas a jornada parcial, así como las peticiones de cambio de turno, a igualdad de perfil profesional y competencial conforme las vacantes. En cuanto a víctimas de violencia de género, se negociará en la comisión de seguimiento del Plan de igualdad, un procedimiento de actuación para el tratamiento de estos casos.
Además, se han incluido medidas de Salud laboral con el objetivo de introducir la dimensión de género en la política de salud laboral y herramientas de prevención de riesgos laborales, con el fin de adaptarlas a las necesidades y características físicas, psíquicas, biológicas y sociales de la plantilla. El Plan incluye además un protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual y por razón de sexo.
Gracias a este Plan de Igualdad que se firma, hemos creado una nueva herramienta para seguir avanzando y garantizar los derechos y la igualdad de las personas trabajadoras. Aún hay trabajo por hacer, seguimiento, implantación de las medidas y cumplimiento.
Las personas que hemos trabajado en esta negociación, estamos satisfechas con el resultado final; hemos dado un primer paso muy importante y conseguido que muchas de nuestras propuestas sean abordadas en dicho plan. Desde CCOO, valoramos mucho este nuevo acuerdo, seguiremos trabajando en la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad.ç
Seguimos Avanzando, Seguimos Trabajando, Seguiremos Informando
Tal y como se ha venido informando desde CCOO, el pasado mes de noviembre, tuvo lugar una mesa de negociación por una Modificación Sustancial de la Condiciones de Trabajo (MSCT) que toda la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT) cerró sin acuerdo.
Desde ese momento Konecta ha implantado de manera unilateral la modificación de horario a más de 200 personas trabajadoras de Konecta BTO.
El Acuerdo alcanzado en Konecta BTO deja sin efecto el cambio de turno que realizó a las personas que a día de hoy siguen estando en Konecta, salvo que sea la persona quien considere que prefiere este nuevo horario que le asignaron y no quiera cambiar de nuevo.
Desde CCOO se ha insistido en la posibilidad de incluir a las personas que se han tenido que marchar de la empresa al ver imposible el poder conciliar su vida laboral y familiar con la medida impuesta, pero la Legislación es firme, y si has decidido romper la relación ya no hay marcha atrás.
Antes de firmar nada CCOO ha consultado a los servicios jurídicos y trasladan que aunque acudamos a la Audiencia Nacional, no se puede conseguir más que lo aquí reseñado, por tanto creemos que el acuerdo beneficia a todas aquellas personas, que aun rompiendoles la vida con el cambio, han accedido asumir el cambio a la tarde para poder denunciar. De este modo el cambio a su horario de origen será más ágil y rápido.
En cuanto las que se vieron afectados por el cierre de turno de noche de MM queda recogido en el acuerdo, que ellos tendrán preferencia de cambio a la noche ante cualquier otra incorporación o solicitud, pues en este momento no es viable volver a dicho turno de origen, al no tener servicios con puestos disponibles.
CCOO siempre ha dicho que no había motivos reales para la medida.
En todo caso, ahora SÍ, el horario que impusieron con la MSCT puede ser una OPCIÓN VOLUNTARIA Y NO FORZOSA.
Seguiremos informando.
En esta situación, se ha instado a la empresa al necesario aumento de la indemnización prevista de los 25 días propuestos en la anterior reunión a 33 así como ampliar el perímetro de los voluntarios/as a otros turnos actualmente no afectados.
La empresa ha aceptado la posibilidad de permutar puestos afectados con otros en diferente turno pero siempre que sea con la misma categoría y departamento (coordinadores por coordinadores, supervisores por supervisores, etcétera). Igualmente, ofrecen la ampliación a 28 días (primero mantuvieron los 25) por año con el tope de 15 mensualidades en lugar de las 12 de la anterior propuesta.
Desde CCOO hemos rechazado de plano la propuesta económica de la empresa. 28 días es una cantidad lejos de lo que consideramos suficiente. También reclamamos 18 meses como tope máximo. Además, hemos insistido en tratar el tema de las recolocaciones, que no han sido comentadas por la empresa.
El plazo de la voluntariedad continúa abierto y podéis seguir optando a la oferta de la empresa.
En cualquier caso, la cantidad a percibir será la que finalmente se acuerde y firme.
En la próxima reunión, desde CCOO trataremos de reducir el número de afectados/as, fijar los criterios de los que salgan en caso de exceso de número de voluntarios/as y mejorar las condiciones económicas, así como abrir la puerta a esas recolocaciones que demandamos.
La Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), principal patronal del sector de contact center, sigue sin querer llegar a un acuerdo, por lo que desde CCOO hemos registrado demanda ante la Audiencia Nacional.
]]>Tal como hemos informado en comunicados anteriores, el nuevo redactado del Estatuto de los Trabajadores nos obliga a replantear parte del artículo 30 de nuestro Convenio. Los 3 días de permiso del Artículo del Convenio Colectivo de Contact Center apartado b) han sido ampliados por la "Ley de Familias" a 5 días. En nuestra opinión, esto afecta también al periodo de disfrute. Lo explicamos:
Además, este permiso se verá ampliado en un día si fuera necesario un desplazamiento de, al menos, 200 km [Artículo del Convenio Colectivo de Contact Center apartadoapartado e)] del mismo artículo 30 de nuestro Convenio), fijando en este caso el permiso en 6 días.
El ET también modifica el permiso de 2 días regulado en el apartado d) , pues se amplía en 2 días en caso de ser necesario desplazamiento, lo que haría un total de 4 días de permiso y ocasionando también un riesgo de solapamiento con días libres, festivos o compensatorios.
La única solución posible es que, tal como establece el ET, los días de permiso en ambos casos sean laborables.
Desde CCOO elevamos este asunto el 22/9/2023 a la Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio. A día de hoy la patronal CEX sigue sin querer llegar a un acuerdo, por lo que hemos registrado una demanda en la Audiencia Nacional.
Pero eso no es todo...
Por otra parte, recordamos que tenemos otro conflicto con la patronal sobre los permisos b) y c) del artículo 30 de nuestro Convenio, ya que las empresas no reconocen la ampliación de los permisos en caso de necesidad de desplazamiento de 200 o más km. Desde CCOO hemos solicitado una mediación ante el SIMA, previa a la demanda judicial, aunque aún no nos han asignado fecha.
Este acuerdo no evita que desde CCOO vayamos a seguir negociando para lograr la disminución en la mayor medida posible del número de afectados/as y en lograr reubicaciones para todos los casos posibles.
Igualmente, desde CCOO hemos negado a la empresa cualquier posibilidad de acuerdo con la cifra de días propuesta hasta este momento, 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, por lo que este punto se seguirá negociando.
La entrada en vigor de la denominada "Ley de Familias" ha supuesto la mejora de algunos artículos del Estatuto de los Trabajadores, afectando también al Convenio Colectivo de Contact Center. Por ejemplo, el permiso recogido en el artículo 30.b) del convenio pasa a ser de 5 días y el del 30.c), pasa a ser de 4 días.
Nuestro convenio, en el artículo 30.e) establece que los permisos aumentarán un día más de lo establecido si fuera necesario dicho desplazamiento en ambos casos.
Sin embargo, algunas empresas están aplicando esta Ley de manera restrictiva, ya que no están aumentando los permisos para aquellas personas que necesiten hacer un desplazamiento igual o superior a 200 km, como indica el art. 30.e).
Estos permisos deberían ser de 6 días en el apartado b) y de 5 días en el apartado c), siempre que sea necesario el citado desplazamiento y así se lo hemos hecho saber a las empresas. Lamentablemente, algunas ya nos han respondido que no lo van a reconocer.
Desde CCOO hemos dado el siguiente paso, que es solicitar una mediación ante el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje). Si ahí no alcanzamos acuerdo con la patronal, interpondremos la correspondiente demanda en la Audiencia Nacional.