Condiciones Boadilla

Sección Sindical Comfia-CCOO

                                      Grupo Santander Consumer España

 

    ACUERDO TRASLADO SERVICIOS CENTRALES A BOADILLA

ACTA DE LA REUNION EXTRAORDINARIA MANTENIDA CON LA DIRECCION Y LA REPRESENTACION SINDICAL DEL GRUPO SANTANDER CONSUMER FINANCE (ESPAÑA)

 

Por el Grupo Santander Consumer Finance (España)

D. Pedro Guijarro Zubizarreta

D. Fernando del Castillo López

 

Por la Representación Sindical:

D. Jorge Díez Gómez (UGT)

D. José Eduardo Aguilera Díaz (UGT)

Dña. Mª del Mar Fernández García (CCOO).

Dña. Mónica Segura Somolinos (CCOO).

 

En Madrid, a 9 de Julio de 2.004 se reúnen las partes arriba indicadas, como continuación a las anteriores reuniones de fecha 28 de Junio y 2 de Julio, a las que asistió D. Juan Gorostidi, y en la última, D. Juan Rodríguez-Inciarte, para tratar los siguientes temas:

1. Traspaso personal a Santander Central Hispano: La Dirección del Grupo SCF se reitera en que los traspasos se harán sin merma de las condiciones económicas  que cada empleado tenga establecidas en la Sociedad de procedencia, y se revisará con este objeto la situación de cada uno de los traspasos realizados.

2. Futuro del Grupo Santander Consumer Finance (España): La Dirección del Grupo manifiesta que el mismo está consolidado y que no existe intención alguna de desmembramiento, salvo en aquellos casos que formen parte de los procesos de sinergias enfocados a la optimización de servicios compartidos, y que sean trasladados a Santander Central Hispano.

3. Paga de Compensación de beneficios sociales: Se acuerda anticipar el importe previsto en Convenio Colectivo para 2006- por empleado- al año 2004, más un incremento hasta alcanzar la cifra de 512 euros nominales anuales, y con las revalorizaciones fijadas en el actual convenio colectivo para 2005 y 2006.

 

Para Santander Consumer Finance Correduria de Seguros, que no está sujeta al Convenio Colectivo del Grupo Santander Consumer Finance ( España) se acuerda incorporar un anexo al documento de fecha 22 de Noviembre de 1999, en los siguientes términos: Incorporar el concepto de Compensación de Beneficios Sociales, período 2004 a 2006, ambos inclusive, fijando la cantidad de 165 Euros anuales nominales por empleado para los años 2004 a 2006, ambos inclusive.

Dicho importe se hará efectivo en el mes de Septiembre de cada año.

4. Traslado a Ciudad Grupo Santander en Boadilla: La Dirección del Grupo SCF, para el personal que sea trasladado a la CGS, en Boadilla del Monte, hace la siguiente propuesta:

  • Horario: Mantenimiento de los horarios actuales previstos en los Convenios Colectivos del Grupo Santander Consumer Finance, en función de las Areas a las que esté adscrito el empleado en la actualidad.

  • Sustitución de la ayuda alimentaria que vienen percibiendo los trabajadores en nómina por servicio de comedor gratuito, excepto para aquellos empleados que opten por mantener el actual concepto de subvención en nómina, lo que tendrán que comunicar individualmente y por escrito.

  • Completar, o establecer en su caso, el actual Plus de Transporte fijado en loa Convenios Colectivos del Grupo Santander Consumer Finance, hasta la cantidad de 900 euros nominales/ año, revalorizable a partir de Enero de 2005, para los empleados que utilicen medio de transporte particular en sus desplazamientos a la Ciudad Grupo Santander.

  • Hasta el 30 de Junio de 2007 podrá solicitarse anticipo de 9 mensualidades para adquisición de vehículo, en los términos previstos en los Convenios Colectivos de Santander Consumer Finance.

  • Aplicación de las Fiestas Locales correspondientes al municipio de Madrid.

  • Se facilitará el acceso al servicio de transporte de empresa, mediante autobuses, y al comedor a los empleados de Empresas de Trabajo Temporal que desarrollen su actividad en la Ciudad Grupo Santander, en las mismas condiciones que el personal de Santander Consumer Finance.

  • La Dirección del Grupo SCF incorporará un concepto de compensación por importe de 250 euros nominales anuales que se incorporará en nómina con carácter no absorbible, ni compensable, ni revalorizable; pagadero en doce mensualidades.

5. Interlocución: Según la información que facilitó el Sr. Rodríguez-Inciarte, el Grupo SCF tiene en la actualidad un interlocutor válido en la persona de D. Fernando del Castillo y mantendrá en el futuro dicha representación.

 

Y sin más temas que tratar, se da por finalizada esta reunión extraordinaria en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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