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ERE CAJAMAR 2015

PRESENTACIÓN DEL PLAN DE RECOLOCACIÓN EXTERNA Y COMISIÓN DE SEGUIMIENTO 17/11/2015

CCOO insistimos en que todos los trabajadores/as que se vayan con una baja indemnizada voluntaria, deben adherirse individualmente al plan de recolocación, ya que si no se produce tal adhesión individual el plan no se activa para la persona. En este sentido, recordamos que la empresa tiene la obligación de informar a cada afectado/a y entregarles una ficha de adhesión o cesión de datos, que debe ser reportada a la empresa de recolocación para que se active el plan para la persona correspondiente.


Este artículo se publicó originalmente en G. Coop. Cajamar (CCOO en Grupo Cooperativo Cajamar) ,


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PRESENTACIÓN DEL PLAN DE RECOLOCACIÓN EXTERNA

A petición expresa de CCOO, la empresa de recolocación externa presentó a la representación legal de los trabajadores el plan contratado por la empresa.

CCOO insistimos en que todos los trabajadores/as que se vayan con una baja indemnizada voluntaria, deben adherirse individualmente al plan de recolocación, ya que si no se produce tal adhesión individual el plan no se activa para la persona. En este sentido, recordamos que la empresa tiene la obligación de informar a cada afectado/a y entregarles una ficha de adhesión o cesión de datos, que debe ser reportada a la empresa de recolocación para que se active el plan para la persona correspondiente.

Como datos sustantivos, destacar que la empresa de recolocación (Lee Hecth Harrison) informa de que tienen un éxito de recolocación del 84% en 1 año de plan, con un periodo medio de recolocación de 5,9 meses (datos a 2014).

CCOO hemos preguntado por cuestiones que entendemos básicas para valorar la eficacia del plan contratado y hacer las aportaciones correspondientes. Hemos preguntado que cuál es la media de recolocación en despedidos/as del sector financiero, cuál es la media de recolocación en el sector financiero a los 6 meses del plan, y a partir de qué mes de programa se incorporan en término medio los candidatos del sector financiero.

La empresa de recolocación informa que su éxito en el sector financiero es algo inferior al porcentaje global, y que en un plan de 6 meses, donde a nivel global obtiene un 60%, en el sector financiero se sitúan entre el 40 y el 45%, alargándose el periodo medio de recolocación más allá de los 6 meses. Sobre la incorporación al plan dicen que los candidatos suelen incorporarse de inmediato al mismo, considerando como tal la que se produce dentro de los dos meses siguientes a la extinción, que además es lo que recomiendan que se haga. Asimismo, informan que es posible suspender el plan una vez iniciado y reanudarlo más adelante.

Nos comunican que asumen un compromiso mínimo del 40% de recolocación con independencia del tiempo de contratación del plan, y que por tanto garantizan ese porcentaje. Además, ofrecen el acceso gratuito al gestor de ofertas durante un periodo de 10 años a las personas que se adhieran al plan.

Por último, ponen énfasis en que el proceso no finaliza con la recolocación, sino con la consolidación del nuevo puesto de trabajo, hecho que se considera a los 6 meses en el mismo.

CCOO hemos pedido sobre el Plan de Recolocación en la Comisión de Seguimiento celebrada a continuación:

  • Extensión del plan hasta los 9 meses (la empresa ha contratado el mínimo legal de 6 meses).

  • Extensión del plan a los cónyuges de los afectados/as por movilidad geográfica voluntaria.

  • Seguimiento del plan con incorporación de la empresa de recolocación a las reuniones en cada uno de los últimos tres meses de ejecución del mismo.

RRHH ha quedado en valorar las peticiones de CCOO, por lo que esperamos una pronta respuesta sobre las mismas.

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Acto seguido a la presentación se ha iniciado la reunión de la Comisión de Seguimiento convocada a petición expresa de CCOO.

CCOO hemos entregado en mesa el documento que os remitimos antes de entrar a la reunión (os adjuntamos el documento registrado), exponiendo todo lo contenido en él, buscando respuestas claras de RRHH a cada cuestión, que asume todo menos lo siguiente:

  • En la suspensión de contrato proponemos que se precise que la opción de extinguir el contrato de trabajo pueda ser ejercida por el afectado/a durante todo el periodo de suspensión y no sólo al vencimiento de la misma. RRHH lo acepta parcialmente, incorporando como fecha a partir de la cual se puede ejercer tal opción la del 1 de enero de 2017.

  • CCOO afirmamos que la solicitud de reducción de jornada excluye al interesado/a de una posible movilidad geográfica forzosa. RRHH muestra sus reservas, adoptando posición definitiva en esta materia en la próxima reunión.

  • CCOO proponemos que las excedencias de maternidad o paternidad sean consideradas como tiempo efectivo de trabajo a los efectos del requisito de 3 años de trabajo efectivo en los últimos 4 exigidos para poder adherirse a las medidas voluntarias del ERE. CCOO hemos pedido a RRHH que no adopte una posición de negativa taxativa, y haga una valoración adecuada dándonos respuesta en la próxima reunión.

Entre lo que asume la empresa de ese documento de CCOO destacamos las siguientes:

  • Firma de anexo al acuerdo con una mejora de la redacción de bajas indemnizadas, suspensión de contrato compensada, reducción de jornada y movilidad geográfica voluntaria, para eliminar toda probabilidad de una interpretación inadecuada en materia fiscal, de prestaciones por desempleo y del criterio de preferencia de antigüedad, así como incorporar un párrafo acordado por CCOO de extensión de condiciones a los ya desplazados por movilidad voluntaria y que por error en la confección del documento de firma se perdió.

  • CCOO exigimos la salvaguarda y protección del ejercicio de libre solicitud y adhesión a las medidas voluntarias, y solicita a la empresa tres actuaciones:

  1. RRHH velará especialmente porque ninguna persona que haya solicitado voluntariamente acogerse a las medidas voluntarias sea o pueda ser objeto de presión o trato discriminatorio alguno, haciendo una labor de comunicación apropiada entre la cadena de mando y realizando un seguimiento absoluto de todas las solicitudes recibidas y de las variaciones profesionales o económicas que pudieran experimentar las citadas personas. En caso de detectar alguna situación de esta naturaleza, RRHH actuará para que se produzca la inmediata subsanación de los hechos acaecidos sobre las personas afectadas.

  2. En el caso de las solicitudes recibidas y aceptadas, se pondrá especial cuidado en detectar disminuciones de las condiciones salariales actuales del interesado/a en relación con las existentes al 14/10/2015, firma del acuerdo (si la previsión es que todo el colectivo salga de una vez y pronto, podríamos fijar los salarios referidos a las condiciones del día 14/10/2015).

  3. En el caso de las solicitudes recibidas y no aceptadas, se pondrá especial cuidado en detectar variaciones en las condiciones profesionales o económicas del interesado/a, incluyendo la movilidad geográfica distinta de la que en su caso pueda producirse como forzosa para completar el colectivo objetivo de 200 personas.
  • CCOO hemos pedido que la Comisión de Seguimiento actúe con flexibilidad para la ampliación de cupos con el criterio de consumir todo el presupuesto. La empresa acepta y comparte tal petición.

  • CCOO hemos pedido reunión de la Comisión de Seguimiento el día 23 (día siguiente hábil al cierre de la primera fase de medidas voluntarias)

CCOO hemos denunciado una situación puntual en la que se ha comunicado a una persona que el destino de la movilidad geográfica voluntaria sería formar parte de un equipo de sustituciones (también llamado equipo volante). Esto sería un claro incumplimiento del acuerdo y una vulneración de su espíritu, toda vez que en el mismo se ha recogido ya no sólo una actuación activa de RRHH en el seguimiento de la persona desplazada, sino además una tutela efectiva de RRHH y el responsable directo encaminada a promover la formación profesional del desplazado/a, siendo la estabilidad una cuestión fundamental para ello, cosa que no se produciría en un equipo de sustituciones.

RRHH nos traslada que reconducirá estos mensajes que comparte con CCOO que son erróneos, y nos informa de que ya ha creado el PLAN EVOLUCIONA para la gestión de todos los compañeros/as en movilidad geográfica. No obstante RRHH matiza que el concepto de estabilidad no puede asociarse a estar en una única oficina los 4 años de la movilidad.

Hemos denunciado también la situación de estar realizándose contrataciones coincidiendo con el ERE, a lo que RRHH nos responde que en el seno de Cajamar, que es la empresa que está acometiendo el ERE, las contrataciones que se están realizando obedecen a una cuestión de estrategia de negocio, y se limitan a contratar para la apertura de nuevas oficinas, como máximo, a una persona de la plaza.

CCOO hemos aclarado que el personal de cooperativas con una antigüedad reconocida a efectos indemnizatorios por Ruralcaja y por ello por Cajamar, es la antigüedad a utilizar en el cálculo de las indemnizaciones de la baja voluntaria, estando RRHH de acuerdo en ello.

No se produjeron aportaciones distintas por los compañeros de la bancada sindical.

En la reunión la empresa nos ha dado un avance de información acerca de las solicitudes recibidas a 16/11/2015, alcanzando un número total de 91 solicitudes que serían admitidas aplicando con absoluto rigor los criterios del acuerdo.

CCOO animamos a toda aquella persona cuya situación le permita encontrar atractivo en cualquiera de las medidas voluntarias planteadas, a solicitar su adhesión a la misma. CCOO entendemos que el éxito del proceso vendrá dado sólo y exclusivamente por el hecho final de que se cubran las 200 medidas voluntarias y no se active el mecanismo de movilidad geográfica forzosa.

La próxima reunión se ha fijado para el lunes 23 de noviembre de 2015 a las 12:00.

Seguimos informando.


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