Seguimiento del expediente de despido colectivo


Llevamos mucho tiempo reclamando para todos los trabajadores y trabajadoras de Banco CEISS el derecho a una información veraz y fiable en relación con nuestro futuro profesional y acerca de las decisiones que pueden afectarnos personalmente. ... Leer Más



Llevamos mucho tiempo reclamando para todos los trabajadores y trabajadoras de Banco CEISS el derecho a una información veraz y fiable en relación con nuestro futuro profesional y acerca de las decisiones que pueden afectarnos personalmente.   
Así pues, queremos trasladar unas cuestiones a la empresa y a los sindicatos firmantes, UGT y CSICA, como integrantes de la comisión de seguimiento del ERE:  

   1. Ante la comunicación del cierre de oficinas del pasado día 1 de julio... ¿Por qué no se ha abierto el plazo de 15 días para que los compañeros y compañeras afectados se adhieran, si lo desean, a la baja indemnizada, según lo dispuesto en el acuerdo del expediente de despido colectivo cuyo texto extractamos a continuación?  

[...] Segundo.- Las peticiones de adscripción a la baja indemnizada podrán formularse por los empleados en los siguientes plazos y situaciones:

a) Todos los empleados durante los quince días naturales siguientes a la firma del acuerdo de finalización del periodo de consultas.

b) Los trabajadores afectados por el cierre de centros de trabajo o recepción del negocio de los centros de trabajo que se cierran o por la reestructuración de servicios centrales,en los quince días naturales siguientes a la notificación a la representación legal de los trabajadores. Tal comunicación se realizará también a la plantilla afectada a través de los medios habituales utilizados por la empresa.

c) Los empleados afectados por la movilidad geográfica a más de 50 kilómetros desde el centro de trabajo de origen, en los quince días naturales siguientes a la notificación del traslado. [...]


   2. ¿En qué estado se encuentra actualmente el expediente de despido colectivo? ¿Se ha cubierto ya y, por este motivo, no se ha abierto el plazo de adhesión al que hacemos referencia en el punto anterior? ¿Están estos cierres de oficina, por lo tanto, fuera del ERE?

   3. En el caso de que el número de bajas contempladas en el acuerdo no se haya alcanzado... ¿Cuántas solicitudes de baja indemnizada se han realizado? ¿Cuántas se han aceptado? ¿Cuántas se han rechazado? ¿Quedan plazas por cubrir...? ¿Por qué se han excluido del ERE a las oficinas cuyo cierre se comunica el 1 de julio?   

Mucho nos tememos que la información continúa manejándose por unos pocos, los integrantes de la comisión de seguimiento del ERE... CSICA incluso se atreve a dar lecciones y a proponer la sustitución de los "degradados modelos sindicales"... Quizás creen que el modelo que representan en esta empresa es el del sindicalismo independiente que predican, cuando sus actuaciones son las de un mero portavoz de la empresa o de sus otros socios... ¿podríamos llamarlo servidumbre ?