Trienios de técnico CAM y BMN

Banco Sabadell recurre la sentencia


Banco Sabadell recurre la sentencia de la Audiencia Nacional por el reconocimiento de los trienios de técnico para los que proceden de CAM y BMN


  • 10 de septiembre de 2015: La Audiencia Nacional (AN) resuelve que el personal procedente de CAM (y BMN por acuerdo con CCOO en el SIMA -descárgalo aquí-) que aquellos que en el momento de la subrogación a BS fueran técnicos nivel VII y VIII y niveles I a VI con poderes, cobrarán también el primer trienio de técnico que detalla el Convenio Colectivo de Banca (art.16 CCB).
  • 16 de septiembre de 2015: El Banco decide recurrir la sentencia. 

Ante el incumplimiento por parte del banco de los pactos de homologación de CAM y BMN, CCOO interpuso la demanda para reclamar el cobro de los trienios de técnicos a los que provienen de BMN, añadiéndonos a la que el sindicato ALTA hizo para la plantilla proveniente de CAM. (ver comunicado)

Lamentamos que el banco haya decidido recurrir esta sentencia (descárgala aquí), una muestra más de esta práctica que en la que se ha instalado la Dirección y en la que el único actor que sale perjudicado es la plantilla de BS.

Los errores en los abonos de partidas en nómina (maternidad y paternidad, trienios, eliminar pluses de funciones, diferencias art.10 CCB, etc.) añadido al hecho de esquivar sentencias como esta, constatan una falta de rigor, calidad y credibilidad y que además empiezan a ser demasiado habituales.

CCOO reclamamos a la Dirección un cambio urgente en políticas salariales, que no se corresponden con las exigencias a las que somos sometidas la totalidad de la plantilla.

Estamos convencidos de que el Tribunal Supremo ratificará la sentencia de la Audiencia Nacional. Entonces, ¿por qué esperar?

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