Esto quiere decir que cualquier empleado que se encuentre en situación de IT por contingencias comunes puede ser requerido por La mutua para su revisión y, desde la aprobación del RD 625/2014 pude requerir su presentación desde el primer día de la baja.
Os remitimos un folleto con las condiciones en las que se ha de hacer el requerimiento por parte de la Mutua para vuestra información.
Os remitimos un folleto con las condiciones en las que se ha de hacer el requerimiento por parte de la Mutua para vuestra información.
Cualquier anomalía en el requerimiento la podéis comunicar al Delegado de CC.OO. más cercano para poder denunciarla.
Recibid un cordial Saludo.